Prestar dinero a un hermano, a un amigo o a tu expareja suele hacerse por confianza, sin contrato y con una simple transferencia. El problema llega cuando pasan los meses y el dinero no vuelve, o cuando la otra persona dice que no era un préstamo sino un regalo. Recuperarlo es posible, pero depende sobre todo de lo que puedas probar.
En MH & MG Abogados llevamos más de 25 años ayudando a particulares a recuperar su dinero desde nuestras sedes de Barcelona y Roses (Girona). Si quieres reclamar dinero prestado a un familiar o a un amigo, te explicamos cómo actuar.
La clave: probar que era un préstamo
Quien reclama tiene que demostrar dos cosas: que entregó el dinero y que lo hizo con la obligación de que se le devolviera. La primera suele ser sencilla con el justificante de la transferencia. La segunda es la que genera más pleitos, porque el deudor puede alegar que fue una donación o un pago por otro concepto.
Pueden servir como prueba:
- Un documento firmado, aunque sea un simple papel o un correo, en el que se reconozca el préstamo y las condiciones de devolución.
- El concepto de la transferencia, si dice «préstamo».
- Mensajes de WhatsApp o correos en los que el deudor reconozca que te debe el dinero o se comprometa a devolverlo.
- Pagos parciales ya realizados, que demuestran que él mismo lo consideraba una deuda.
- Testigos de la entrega o de las conversaciones.
Antes de reclamar, conviene no borrar nada y, si aún hay buena relación, intentar que el deudor reconozca la deuda por escrito.
Si no se fijó fecha de devolución
Es muy habitual que no se pactara un plazo. En ese caso puedes requerir la devolución en cualquier momento razonable, y, si hay discusión sobre cuándo debe devolverse, puede pedirse al juez que fije el plazo. Salvo que se pactaran intereses, el préstamo entre particulares no los genera, aunque desde que se reclama el deudor puede tener que pagar intereses de demora.
Cómo reclamarlo paso a paso
- Intento de negociación. Desde abril de 2025 la ley exige intentar una solución extrajudicial antes de demandar. No basta con un mensaje exigiendo el pago: hay que enviar una invitación formal a negociar, por burofax u otro medio fehaciente, o acudir a mediación. En conflictos familiares, la mediación ayuda además a no romper del todo la relación.
- Procedimiento monitorio. Si tienes un documento que acredite la deuda, como un reconocimiento firmado o mensajes claros, el monitorio es la vía más rápida y no requiere abogado para presentar la petición inicial.
- Juicio verbal u ordinario. Si la deuda no está bien documentada o el deudor se opone, el asunto se resuelve en juicio: verbal hasta 15.000 € y ordinario por encima.
- Ejecución y embargo. Con una sentencia o un auto a tu favor se pueden embargar cuentas, sueldo o bienes del deudor.
Plazo para reclamar
En Cataluña, la acción para reclamar un préstamo prescribe, con carácter general, a los diez años (art. 121-20 del Código Civil de Cataluña), y en el resto de España a los cinco. Cualquier reclamación fehaciente o reconocimiento de la deuda por el deudor interrumpe el plazo.
Si vas a prestar dinero: cómo protegerte
Ponlo por escrito, con el importe, la forma y el plazo de devolución y, si los hay, los intereses. Haz siempre la entrega por transferencia con el concepto «préstamo». Además, presentar el contrato ante la Agència Tributària de Catalunya (modelo 600, exento de pago) le da fecha cierta y evita que Hacienda lo trate como una donación encubierta.
Te ayudamos a recuperar tu dinero
En MH & MG Abogados valoramos tu prueba, preparamos el intento de negociación o la mediación y, si hace falta, presentamos el monitorio o la demanda. Puedes leer también nuestro artículo sobre reclamaciones de cantidad en Barcelona o visitar nuestra página de derecho civil.
Pide tu cita presencial o telemática en Barcelona (93 368 32 02) o Roses (972 15 24 32), por WhatsApp (653 964 658) o desde nuestra página de contacto. Te daremos un presupuesto sin compromiso.